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Emilio Sangüesa Antezana, director general de Trabajo de Santa Cruz, recordó hoy a las empresas que el pago del retroactivo, por el incremento salarial, se cumple indefectiblemente el 31 de julio, caso contrario deberán efectuar sanciones.
“Hasta el 31 de julio del presente año se debe cancelar el total de los retroactivos de enero a la fecha, lo pueden hacer mes por mes o en un sólo pago, lo cierto es que hasta el 1 de septiembre deben presentar las planillas trimestrales ya con el incremento, sino tendrán sus sanciones respectivas”, manifestó el funcionario a radio Alternativa de Erbol.
Señaló que otro requisito a cumplir por las firmas es el convenio colectivo. “Debe presentarse hasta el 1 de septiembre este requisito. Todas las empresas que tienen arriba de 20 trabajadores con sindicatos, o por debajo de los 20 trabajadores donde no hay sindicatos, deben firmar los convenios entre el empleador y los trabajadores”, apuntó.
El pasado 21 de abril, el gobierno determinó el aumento del 10 por ciento a la masa salarial y del 20 por ciento al salario mínimo nacional.
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