CRISIS JUDICIAL
ELECCIÓN O SELECCIÓN, ESA ES LA CUESTIÓN
By argv.E338951d on Lun, 24/03/2014 - 12:21Un desacierto. Así fue como la Ministra de Justicia calificó la elección de magistrados del órgano judicial. Han pasado dos años desde que 56 magistrados y jueces fueron elegidos por voto popular, no obstante, la reputación de la justicia boliviana sigue siendo la misma: es lenta y corrompida.
Es posible que sea una evaluación prematura o simplemente la crónica de un fracaso anunciado. La cuestión es que el desencanto llegó pronto. Dejando de lado las consideraciones relativas al proceso y sus resultados, mi pregunta es la siguiente: ¿Son las urnas la mejor alternativa para una transformación judicial?
La elección de jueces surge como una alternativa al nombramiento presidencial o a la selección de jueces por alguna comisión especial. Tiene su antecedente más antiguo en Estados Unidos. Si bien la Constitución de este país establece que los miembros del Tribunal Supremo Federal son nombrados por el Presidente con aprobación del Senado, previa evaluación de méritos; en el siglo XIX la mayoría de las constituciones de los estados decidieron instituir la elección judicial, con el propósito de garantizar la independencia e imparcialidad del sistema judicial.
Sin embargo, el método es considerado por los reformistas, como deficiente. Al parecer, cuando las elecciones son partidarias, es decir, cuando los jueces fueron postulados por un partido, sus decisiones son susceptibles de ser influenciadas por quienes financiaron su campaña electoral. Y, cuando las elecciones no son partidarias, el temor al “voto castigo” puede ocasionar que los fallos judiciales busquen la simpatía de la preferencia popular.
Ante ello, se ha implementado un mecanismo denominado “elecciones de retención”. Esto es, los jueces son nombrados por el gobernador del Estado y luego de un tiempo determinado, los ciudadanos deciden si los jueces permanecen en su cargo. Un sistema similar se aplica en el Japón, donde el gabinete designa a los miembros de la Corte Suprema, y de ellos el emperador nombra al presidente. Luego, en la primera elección general de la cámara de Representantes, los electores ratifican (o no) esa decisión.
En el caso de los países latinoamericanos, solamente en Argentina y Panamá el nombramiento de magistrados de la corte suprema es atribución del órgano ejecutivo con aval del legislativo. El año pasado, la Corte Suprema de Justicia argentina declaró inconstitucional una ley que buscaba incorporar la elección por voto popular de miembros del Consejo de la Magistratura.
En Chile, Ecuador y Colombia, la selección es facultad del mismo órgano judicial. Los dos primeros, aplican un proceso de concurso de público, con ciertas particularidades. En el caso chileno la decisión final es del Senado, en cambio, en el Ecuador, el proceso está sujeto al control social y puede ser impugnado.
El método más común, aplicado en países como Costa Rica, Cuba, El Salvador, Uruguay, México y Nicaragua, es que la asamblea legislativa o congreso designe a los titulares de los máximos órganos de administración de justicia. En los dos últimos la nominación es presentada por el Presidente. Guatemala y Honduras también siguen ese procedimiento, con la particularidad de que establecen comisiones especiales de postulación conformadas por autoridades universitarias, profesionales en ciencias jurídicas e incluso representantes del sector empresarial, confederación de trabajadores y organizaciones de la sociedad civil.
Luego de esta breve revisión, es evidente que somos el único país que aplica la elección directa de magistrados. Esto, más que motivo de orgullo, debería ser un asunto de reflexión. Si la “democratización de la justicia” es el remedio, ¿por qué ni siquiera nuestros vecinos más cercanos la aplican? Saque usted sus propias conclusiones.
2014: SE PROFUNDIZA EL DEBATE
By argv.E338951d on Jue, 27/02/2014 - 13:03Desde estas selvas mojeñas:
“. . . otro de los temas vitales será la reforma del Órgano Judicial que no da visos de confianza, no solo por su añeja estructura jurídica sino, fundamentalmente por la conducta de los operadores que no cambian y no le entienden a la pluralidad jurídica dejando así que se imponga el monismo colonial repetitivo desde la Asamblea Legislativa, ya que ninguna fuerza de las que están en juego pone alternativas reales a esta crisis, dejando en indefensión a todos los bolivianos y bolivianas . . .”
Esta afirmación con la que sugerimos el debate, hoy nos obliga a profundizar el tema por las renuncias y peleas al interior del Órgano Judicial y del Tribunal Constitucional; lo que no hace en absoluto a la participación del soberano en si mismo, sino, a la forma de selección de los candidatos – elección de magistrados 2011: blancos 15.07%, nulos 43% y validos 42.34% - del que es superable por cierto, pero, la indefensión o crisis de la que hoy nos interesa sobre el Órgano Judicial, es mucho mas profundo por que va mas allá de sus limites.
Desde la fundación de la Republica hasta hoy, la justicia boliviana se organizo sobre los cimientos coloniales de la vieja audiencia española, con leyes provenientes de allende los mares pero con gente inspirada en la ideología insurgente de los clásicos de la revolución francesa y que muchos de ellos fueron llamados notables –gran parte de ellos formados en la Universidad de Chuquisaca y activos luchadores de la independencia – pero continuo los tramites judiciales que fueron interminables, papeleos leguleyescos con distancias de tramite demasiado alejadas y por ciertos costosas y, paralelamente se desarrollaban grandes batallas por el poder, lo que estructuro una burocracia hereditaria - huayralebismo - que hasta la fecha se mantiene.
Estos datos generales nos pueden mostrar que la crisis judicial expresada en retardación, corrupción, costos y nombramientos no son novedad, fueron los dictadores o demócratas, quienes elegían de acuerdo a su percepción a los hombres de justicia y de ahí para abajo, fue mas fácil los nombramientos, con el único requisito de sumisión al jefe y, sin ninguna duda, esas cuatro lacras señaladas hicieron el pan nuestro de la corrupción y con ella la devaluación de la profesión que tiene una triple dimensión de fuentes a su anemia que hacen a que hoy toque fondo.
Mas allá de esa herencia del criterio del común de la gente sobre el Abogado, hace poco menos de tres décadas, la profesión ha venido sufriendo una serie de ofertas de todas las Universidades de formar hasta en tres años y con mas de cinco modalidades de profesionalización – a distancia, semipresencial y virtual – con currículas aprobadas por alguna instancia de legalización y muchos de ellos hoy ya ejercen la profesión; esta parece ser una primera fuente de debilidad que hace a la crisis; si esto es así, las grandes dificultades de la Justicia se pueden ver en esta primera falta, pero lo que hace a la crisis puede verse fundamentalmente en materia penal, en los Juzgados cautelares ligados al Ministerio Publico – que es la vitrina del Órgano Judicial - que es el nicho donde desconocen la Ley Fundamental y es el lugar preciso donde se expresa: retardación, corrupción y falta de formación, que sin duda arrastra al conjunto del Órgano Judicial, lo que no supone que en el resto de las materias no haya estas taras.
Esta débil formación de los Justicieros, nos muestra también falta de experiencia y solidez ideológica, por que la justicia tiene una visión de la vida lo que no debe obviarse en esta discusión integral y, para ello es urgente que en el Tribunal Constitucional se asuma un liderazgo que esta perdido y el Órgano Judicial expresado en el Tribunal Supremo de Justicia, parece haber encontrado una expresión con experiencia y solidez para este momento difícil al que se tiene que acompañar para salir de la indefensión, pero, es necesario reformular la instancia disciplinaria, no solo por su debilidad de liderazgo, sino por que se ha convertido en un cuerpo colegiado improductivo, producto de su normativa y su falta de visión, que se hace problemas hasta para nombrar un funcionario, taras similares que se expresan en el Tribunal Agroambiental.
Esta lectura de este pilar fundamental del Estado Plurinacional, a obligado a la población a pedir que se vayan todos, que al parecer es correcto, pero seria demasiado irresponsable hacer coro a esta molestia, porque no puede quedar vacio esta instancia de control de la convivencia social, pero tampoco parece correcto que el revocatorio pueda ser la solución a esta crisis, porque considero que no son solo los electos los autores o culpables de esta debacle congénita, pero, tampoco podemos mirar del palco lo que ocurre en ese Órgano de poder, lo que nos obliga a pedir a los Asambleístas a que de una vez por todas cambien los procedimientos que dan cobertura a incidentes, recusaciones o apelaciones en casos nada necesarios, lo que obliga a plantearnos a corto y mediano plazo los juicios orales en un franco proceso de descolonización, retomando la vieja relación horizontal comunitaria en abierto desafío al poder punitivo que trajeron los colonizadores que ocuparon nuestro territorio de forma policiaca, convirtiendo en un campo de concentración, donde la verticalidad se impone frente a las razas supuestamente inferiores que hacen gala de su solidaridad, cooperación y solución pacifica de sus conflictos; estas virtudes deben ser retomadas desde el legislativo en lo inmediato y en la formación profesional bajo estas premisas a largo plazo pero urgente, de lo contrario seguiremos con “abogados justicieros, hasta que se demuestre lo contrario” y ello obligara a la población a seguir persignándose frente a la justicia.
José E. Sangüeza Antezana es abogado constitucionalista y docente universitario