Opinion

UNA INCANSABLE BUSQUEDA DE LA NORMA PREMIAL
Justo y Cabal
Victor Hugo Maidana Alcoba
Miércoles, 1 Octubre, 2014 - 19:39

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Existen sanciones que castigan al individuo que infringe la ley, pero paralelamente también deben existir normas que tengan la finalidad de premiar a la persona que cumple lo establecido en una norma jurídica.

Así, lo sostienen los fundamentos doctrinarios del estudio y la enseñanza de la ciencia jurídica, porque se considera que su producto, el derecho, es el medio más eficaz para ordenar las conductas de las personas que viven en sociedad, mostrándoles el bien y el mal.

Resulta importante visualizar a las normas prémiales, en esa perspectiva se podría decir que estas se sitúan por ejemplo en ; los ascensos, las condecoraciones, las prescripciones, los perdonazos  tributarios,  los planes de pago de adeudos tributarios por impuestos y tasas de servicios, condonación de multas, e intereses, las dispensaciones de trámites, etc., etc.

Probablemente es en el derecho tributario y aduanero, es donde más se pueden notar este tipo de acciones jurídicas prémiales, que establecen en cierto modo  una especie de privilegios para quienes cumplan con la ley.

Sin embargo en la práctica parece ser  muy difícil la aplicación de la norma premial, así como se lee, contradictoriamente a lo que dice la ley, muchos servidores públicos se resisten sin razón alguna a aplicar la ley del premio, en el caso de liberaciones, perdonasos y otros, lo primero que hacen es cuidarse las espaldas, obrando pro fiscum o en favor de estado, a como dé lugar, aunque con eso se consigan la calificación de “ineficientes”. Tiemblan ante la posibilidad de aplicar el principio premial del derecho.

La expresión máxima de lo sancionatorio y lo premial es el enunciado de  la “Justicia”, donde se colocan en los platillos de una balanza  por una parte a las sanciones y por otra a los premios, desde luego entre ambas posiciones  debe existir equilibrio.

En la práctica en esta ponderación de la balanza de la equidad, sobre todo en la actualidad se impone  el platillo de las sanciones, porque no se difunde, ni se intenta hacerlo el carácter premial de la norma.

La mayor parte de las normas y los proyectos de ley en la práctica responden  a los  criterios sancionatorios. Para la sanción, hay leyes cortas, rápidas, expeditas. En cambio para las prémiales hay poco espacio, es más, muchos legisladores y algunos juristas desconocen sus alcances o hacen que desconocer. Como las normas prémiales tienen carácter secundario y la mayoría de sus contenidos se manifiestan a nivel de códigos y no así en leyes primarias, cortas y rápidas, estas están sujetas a inteprecion juridica y  como todo ahora se quiere hacer a la letra muerta de la ley, chau norma premial.

Se imponen opiniones en su mayoría empíricas inspiradas en acciones como aquello que dice; “vamos a hacer caer el peso de ley contra los infractores”, por si acaso la infracción no es delito, es un cuasi delito, entonces es de mala fe querer que para unja infracción venga todo el peso de la ley.  “Te voy a sentar la mano con la ley”, la ley no sienta la mano a nadie, solo busca justicia, verdades jurídicas e históricas. “Mi abogado aplicara la ley con rigor” o “te voy a descargar este código en el juicio”. Los abogados no son mercenarios para caer de rodillas frente al dinero, desde luego que habrá quienes así  obran, sin ética ni decoro, pero también están los otros, que tienen que purgar culpas ajenas en cuanto a imagen se refiere por ser perseverantes a los principios de probidad y en cuanto al juicio, allí, se aplica lo que corresponde y no lo que se  le antoje a unos de los litigantes.

La corriente del “derecho gendarme” con el garrote y el chicote en la mano, o el sentido de comisaria para aplicar con preferencia la norma sancionatoria, prevalece y se impone, no es necesario ser jurista para ver esta situación, tan solo es mirar lo que pasa alrededor.

El principio debería ser; “Dar a todos lo que le corresponde”, lo que significa hacer justicia, eso es dar sanción para el mal y premio para el bien.

Si la cultura del derecho premial pudiera alcanzar los niveles del derecho sancionatorio, es casi seguro que una persona de buenas referencias que por una desgracia cae en una infracción, pudieran ser tratado con más equidad.

El ser humano no solo cambia con el chicote en la mano, también lo  hace con motivaciones en incentivos, buenos ejemplos y actos de beneficio.

Hacer leyes prémiales debería partir necesariamente del poder legislativo, donde los legisladores tendrían que dirigir sus miradas al premio y al incentivo en forma paralela a las sanciones.

Se espera que los nuevos legisladores puedan dirigir su mirada al derecho premial porque quiérase o no, es una forma de buscar justicia para equilibrar comportamientos sociales colectivos e individuales, por medio de la ley.

Entonces frente al vertiginoso avance de la norma sancionatoria, queda una tarea pendiente siempre, como un largo camino por recorrer,  fortalecer la teoría y práctica de la ciencia jurídica y el derecho, es decir que mirandolo bien, queda todavía por delante, mucho por hacer es decir ; una incesante e incasable busqueda de la norma premial.

GRACIAS. VOLVERE PRONTO PARA HABLAR JUSTO Y CABAL