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El Tribunal Constitucional Plurinacional (TCP) pidió a la Asamblea Legislativa elaborar una ley que regule la objeción de conciencia y defina otras formas de cumplir el servicio militar obligatorio, distintas a la permanencia físicamente en los cuarteles, informó este juevs a la red Erbol el magistrado, Osvaldo Valencia.
Dijo que la exhortación de carácter obligatorio, es parte de la sentencia constitucional que deniega por infundada la objeción de conciencia planteada por el joven José Ignacio Orías, para ser eximido de la obligación por motivos de creencias religiosas.
El Tribunal considera que Bolivia debe contar con una norma que diga defina requisitos y procedimientos interno y el medio alternativo al servicio militar que puede ser el servicio social obligatorio, alternativo y sustitutivo, y qué tipo de libreta se entregará al beneficiario.
Valencia indicó que el artículo 203 de la Constitución Política del Estado, señala que los fallos del Tribunal son de carácter obligatorio, lo que significa que la exhortación “tiene que ser necesariamente” cumplida por la Asamblea para regular los pedidos de objeción de conciencia.
Precisó que en la elaboración de la ley participen el Ministerio de Defensa, Defensor del Pueblo, Derechos Humanos y otras organizaciones, de tal manera que se proyecte una ley de consenso y sea aprobada por la Asamblea Legislativa.
El magistrado recordó que actualmente está vigente el servicio premilitar voluntario, pero el servicio militar obligatorio obliga a los jóvenes a salir del seno familiar y acogerse al reclutamiento durante un año, de donde puede ser enviado a otro distrito.
Por otra parte informó que el Tribunal declaró procedente la acción de inconstitucionalidad planteada por el Defensor del Pueblo en contra el Decreto Supremo 1875 de enero de 2014, donde se disponía que la edad para el reclutamiento sea para jóvenes comprendidos entre los 17 y 22 años.
A partir de la fecha, el reclutamiento militar será desde los 18 a 22 años porque las normas internacionales suscritas por el Estado bolivianos, señalan que en casos de conflictos armados, se debe procurar que los menores de edad no estén involucrados en estos temas.
Los jóvenes de 17 años que se acogieron al reclutamiento y que actualmente están bajo banderas, deben continuar con el servicio militar obligatorio bajo esa modalidad, porque la sentencia emitida rige para el futuro y no es retroactiva.
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