Opinion

LOS 20 QUE PUDIERON SER Y NO SON
La Comuna
Dino Palacios Dávalos
Lunes, 28 Abril, 2014 - 10:33

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La “ley maldita” de Participación Popular, hubiera cumplido el 20 de abril 20 años de vida. Hubiera digo, porque la infortunada Ley Marco de Autonomías y Descentralización del 19 de julio de 2010 decretó su abrogación.

La ley 1551, amplió el escenario estatal de intervención de 24 a339 municipios. La inversión pública de menos del 5% pasó a ser cerca de la tercera parte del total hoy. Pero lo más importante sin duda fue la apertura a nuevos actores y al proceso de empoderamiento de dirigencias locales, de fortalecimiento y visibilidad de las organizaciones sociales -no necesariamente partidarias- donde destacaron las de los pueblos indígenas.

Fue una reforma desde arriba, que respondía al marcado centralismo en el país. Eminentemente política, por ello  fue calificada como “la gambeta municipal” que postergó el empoderamiento departamental estableciendo la sección de provincia como municipio y como base de la organización territorial. También dijeron que era “ asquerosamente neoliberal”  y fue utilizada como el rostro “amable” del gobierno gonista. Fue usada como la cara “indígena” de la participación; por ello Victor Hugo Cárdenas, el  también rostro indígena del gonismo,  pugnaba tanto por aparecer en las fotos cuando se retrataban sus éxitos.

Pese a todo los insultos y vituperios con los cuales se pretende enlodarla; es indudable que ha constituido en una de las más importantes y efectivas políticas públicas del país de los últimos tiempos, que de manera silenciosa ha transformado el país, dejando una huella irreversible.

En cambio la aún breve historia de “la sustituta” -me refiero a la denominada ley 031- es una historia distinta. Desde su origen fue trunca. Fue gestada a espaldas de los actores, eludiendo la discusión y el debate público. Se manejaron cerca a 12 versiones no oficiales del anteproyecto de ley y el entonces Ministro de Autonomías Carlos Romero, solo la presentó públicamente  cuando en otra “gambeta” la Federación de Asociaciones Municipales de Bolivia presentó un anteproyecto propio cuya única finalidad era acabar con ese juego del gato y el ratón en materia de la discusión de la normativa.

Cuando el anteproyecto llegó al Ministerio de Economía -según cuentan los que dicen que saben- le incluyeron in extenso el desafortunado Título IX de la “Suspensión temporal y destitución de autoridades electas”, que se convirtió en el mecanismo por el cual mediante los juzgados se eliminó a opositores.

De las 10 ciudades capitales, tres sufrieron sus efectos directos(Sucre, Potosí y Santa Cruz) destituyendo alcaldes en los primeros dos casos y cambiando a concejales en el último. En el país, fueron más de 30 alcaldes los que sufrieron las consecuencias del “termidor”. Pero mediante ese mismo mecanismo, se iniciaron juicios a diestra y siniestra a todo aquel que osara levantar la cabeza y elevara el tono de voz. Mediante ese mecanismo fueron silenciando a opositores y los convirtieron en funcionales para su sobrevivencia. Otra vez en el caso de las ciudades, los ejemplos elocuentes fueron la alcaldesa de Oruro y el alcalde de Potosí.

El 5 de febrero del 2013 -a dos años y medio de su promulgación- el Tribunal Constitucional (TC) declara la inconstitucionalidad de los artículos 144,145, 146 y 147 de la ley marco referidos a la suspensión de autoridades electas a simple acusación formal de la Fiscalía conocida por un juez, por vulnerar lo establecido en lo señalado en los artículos 26, 116 y 117 de la Constitución Política del Estado.

El proceso debió complementarse con la aprobación de las Cartas Orgánicas Municipales. Hoy ni 50 de los 339 municipios han presentado sus proyectos de carta orgánica al Tribunal Constitucional, solo una Carta ha sido aprobada sin observaciones. De las ciudades capitales solo Sucre tiene un proyecto inicialmente no admitido por el TC.

El Consejo Nacional de Autonomías debiera haberse reunido al menos en 8 reuniones ordinarias a la fecha y allí designarse a quienes dirijan el Servicio Estatal de Autonomías (SEA). El Consejo no ha tenido ni una sola reunión y el SEA funciona de manera interina como una extensión del Ministerio de Autonomías. Paradojas de la descentralización en nuestro país, pues quien creyera en un país con autonomías tenemos un Ministerio que “conduce” el proceso, hace las leyes en la materia y “designa” a los representantes del asociativismo.

Como otro mecanismo más para pisotear la autonomía, el 9 de enero del 2014 se promulga la Ley 482 de Gobiernos Autónomos Municipales que fue elaborada para aquellos municipios en los cuales no se hubiera aprobado la Carta Orgánica, es decir todos. Una ley a la medida del gobierno nacional, es decir centralista. Subordina y subalterniza al ámbito legislativo -los concejos municipales- al ejecutivo en correspondencia en lo que se hace al nivel central.
Los incipientes mecanismos de la inversión pública han sido desmantelados a través de acciones centralizadores y prebendales como el “Programa Evo Cumple” y el PROSOL en Tarija.

El empoderamiento de las organizaciones sociales y de sus actores ha sido instrumentalizado bajo el control de la organización política gubernamental. Las organizaciones e instituciones rebeldes o peligrosas han sido divididas o anuladas, mediante el asalto o el pisoteo de su institucionalidad como en el caso de la FAM y la AMB.

A 20 años de la municipalización festejamos los procesos  irreversibles que fueron construidos poco a poco desde abajo, procesos de los cuales se han apropiado los bolivianos y que perdurarán a pesar de sus ocasionales detractores.