Seguridad
Por detención de siete días
Defensor: Jueces violaron el debido proceso en caso León
Eduardo León detenido siete días en celdas judiciales. Foto / archivo digital

Jueves, 9 Junio, 2016 - 15:40

La Defensoría del Pueblo concluyó que los jueces que conocieron la solicitud de audiencia de medidas cautelares del caso de Eduardo León, vulneraron el derecho al debido proceso al haberlo detenido por más  tiempo del establecido por la normativa vigente.

Explicó que los cuartos intermedios declarados por los jueces de instrucción penal, como directores del proceso y fundamentalmente, controladores de las garantías constitucionales, carecen de fundamento legal procesal penal.

Señala que la detención por siete días contraviene el plazo de 24 horas que tiene un juez de instrucción en Material Penal para establecer la situación jurídica procesal de un imputado, máxime si éste tiene la calidad de aprehendido.

También observa también que no se haya dispuesto  la libertad de Eduardo León a la conclusión de la audiencia cautelar y la aplicación de la detención domiciliaria que había dispuesto la Jueza de Instrucción Penal Cautelar de El Alto.

Concluye que “correspondía se disponga la libertad del imputado y el cumplimiento de las medidas sustitutivas en un tiempo prudente”, en tanto el imputado no se encontraba en privación de libertad al asumir defensa en dicha audiencia, además que cumplió con las exigencias del arraigo y la fianza económica y no era responsabilidad del aprehendido que el Estado no disponga de un custodio.

La Jueza, según la institución defensorial, debía haber librado el mandamiento de detención domiciliaria contra el imputado,  “no pudiendo mantenerlo en celdas judiciales argumentando una condición de resguardo y depósito, considerando que las otras medidas eran de cumplimiento en tiempo prudente”.

La Defensoría recomienda a la Delegación Distrital del Consejo de la Magistratura de La Paz, asumir las acciones administrativas contra todos aquellos jueces de instrucción en lo Penal que conocieron la medida cautelar y no definieron su situación procesal dentro del plazo previsto por ley.

También recomienda al Tribunal Departamental de Justicia de La Paz, emitir un instructivo o circular recordando a todos los Jueces de Instrucción Penal que conozcan de la solicitud de medidas  cautelares con aprehendido, el deber que tienen de definir su situación procesal dentro de plazo previsto por la norma.

Recuerda al Fiscal General del Estado y al Presidente del Tribunal Supremo de Justicia, la obligación que tienen los funcionarios dependientes de colaborar con el ejercicio de las funciones de la Defensoría del Pueblo, para lo cual pide emitir circulares o instructivos que recuerden el cumplimiento de sus deber legal de atender las solicitudes.

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