Indígenas
Chile
Piden reconocer el genocidio del pueblo Selk'nam

Viernes, 29 Abril, 2016 - 10:02

Historiadores de diversas universidades del país, intelectuales, escritores, políticos y docentes de institutos y universidades extranjeras, a través de una carta pública, exigen al Estado el reconocimiento del genocidio del pueblo selk'nam, ocurrida durante la primera mitad del Siglo XX, y que inicie un proceso de reparación histórica. Dentro de los redactores del documento se encuentra el historiador español José Luis Alonso Marchante, autor del libro Menéndez. Rey de la Patagonia, considerado como el texto definitivo sobre el cruel exterminio del pueblo originario de Tierra del Fuego, a manos de grandes latifundistas como José Menéndez, cazafortunas, y como consecuencia también de las políticas del Estado de Chile.

En el documento, los historiados recuerdan que existe desde 2007 una moción parlamentaria para que se reconozca el genocidio del pueblo originario, pero que tras su discusión en el Senado, Andrés Chadwick y Mariano Ruiz-Esquide plantearon reemplazar el concepto "genocidio" por "extinción", dadas las consecuencias que se podrían generar para el Estado.

A continuación el texto en que se emplaza al Estado de Chile:

Carta pública

En 1885 Argentina y Chile comenzaron la colonización de la Tierra del Fuego a través de la entrega de concesiones ganaderas sobre un territorio hasta entonces independiente. Los estados desconocieron la soberanía selknam, basándose en las ficciones jurídicas del Imperio Español, y favorecieron los intereses de los capitales alemanes y británicos para expandir las ovejas que ya ocupaban Malvinas y Patagonia continental.

Los selknam resistieron a la colonización atacando los rebaños y destruyendo las alambradas que comenzaban a dividir su territorio. Estancieros y administradores organizaron partidas de hombres armados para asesinar y capturar a los indígenas, como queda demostrado en numerosa documentación administrativa, judicial, empresarial y testimonial; la mayoría de los y las sobrevivientes enfrentaron la deportación a las misiones salesianas en Río Grande e Isla Dawson, tentativa de sedentarización y aculturación forzada que produjo su muerte, situación ampliamente documentada. Algunos sobrevivientes, especialmente niños y niñas, fueron apropiados para el servicio doméstico, como esclavas sexuales, o debieron asimilarse al trabajo ganadero. De ello también existe documentación, aunque más fragmentada.

Como resultado de estos procesos adoptados por acuerdo entre estancieros, primero, entre sacerdotes salesianos y empresarios ganaderos, luego, casi siempre con la colaboración de autoridades de los estados chileno y argentino, en menos de dos décadas millones de ovejas pastaban sobre el espacio fueguino, vaciado de su población originaria. Ello estableció de manera permanente la soberanía argentina y chilena sobre la isla.

De acuerdo con la Convención para la Prevención y la Sanción del Delito de Genocidio de las Naciones Unidas (1948), “se entiende por genocidio cualquiera de los actos  […] perpetrados con la intención de destruir, total o parcialmente, a un grupo nacional, étnico, racial o religioso como tal”, entre ellos la “matanza de miembros del grupo”, la “lesión grave a la integridad física o mental de los miembros del grupo”, el “sometimiento intencional del grupo a condiciones de existencia que hayan de acarrear su destrucción física, total o parcial”, y el traslado por fuerza de niños del grupo a otro grupo”. Dado que todos estos actos se produjeron contra el pueblo selknam es imprescindible reconocer oficialmente el genocidio, esto es, “la destrucción física intencional de un grupo social completo o la aniquilación de una parte tan significativa de ese grupo de la que resulte que no continúe siendo capaz de reproducirse biológica y cultural”. Por último, cabe insistir en que se trató de un proceso planificado y sistemático, decidido en reuniones de las que ha quedado registro.

El reconocimiento del genocidio selknam y aonikenk (tehuelche del sur) por parte del Estado chileno fue planteado en 2007, cuando el entonces senador por Magallanes Pedro Muñoz presentó una moción que ha sido discutida en las comisiones de cultura del Senado y de la Cámara de Diputados. En la primera se debatió el tema, haciéndose referencia al Informe de la Comisión de Verdad Histórica y Nuevo Trato con los Pueblos Indígenas (2003, 2008), que definió como genocida la ocupación de Patagonia austral y Tierra del Fuego. Sin embargo, “Los Honorables Senadores señores [Andrés] Chadwick y [Mariano] Ruiz-Esquide plantearon reemplazar el término ‘genocidio’ por ‘extinción’, dadas las consecuencias que se podrían generar para el Estado”, lo que fue respaldado por el senador Cantero. Sin discutir el fondo de la cuestión y por unanimidad, lo mismo que en la sala, se aprobó reconocer “la extinción de las etnias”. Pasado el proyecto a la Comisión de Educación de la Cámara de Diputados, se resolvió utilizar el concepto de genocidio. En plenario, los diputados Giovanni Calderón (UDI) y Jorge Sabag (DC) se opusieron al reconocimiento del genocidio, “pues el delito no prescribe y puede derivar en indemnizaciones a las víctimas”. Desde entonces, el proyecto de ley permanece, sin urgencia, en trámite.

Dado lo anteriormente señalado, consideramos imprescindible el reconocimiento del Estado y los gobiernos locales del genocidio selknam, y proponemos la construcción de un Memorial en Tierra del Fuego, en el que puedan ser enterradas las víctimas de las políticas de deportación y exterminio. La Declaración de las Naciones Unidas sobre los Derechos de los Pueblos Indígenas, firmada por Chile en 2007, establece que “los pueblos indígenas tienen derecho a […] obtener la repatriación de sus restos humanos”, y que “los Estados procurarán facilitar el acceso y/o la repatriación de objetos de culto y de restos humanos que posean mediante mecanismos justos, transparentes y eficaces”. Por ello, las autoridades del Estado de Chile deben arbitrar las medidas para que los cuerpos profanados y exhibidos en museos, o depositados en instituciones locales, nacionales o extranjeras puedan finalmente reposar dignamente en la que fuera su tierra. Asimismo, y dado que la Declaración firmada por el Estado establece que “los pueblos indígenas tienen derecho a que la dignidad y diversidad de sus culturas, tradiciones, historias y aspiraciones queden debidamente reflejadas en la educación y la información pública”, deberán ejecutarse medidas que eviten la naturalización del exterminio en nombre del “progreso”, entre ellas, la apertura de un diálogo social amplio sobre los símbolos y efemérides magallánicas.

Esperamos que la presente solicitud ciudadana siga un curso exitoso, respondiendo a la necesidad de hacer un mínimo de justicia histórica con las víctimas, rescatar su memoria, reparar aunque sea parcialmente a sus descendientes, e incorporar su historia en los planes de estudio y las políticas de la identidad a nivel local, regional y nacional. Sólo de esta manera será posible proyectarnos como comunidades regionales y estatales reconciliadas con un pasado diverso y complejo, construyendo un presente más justo para los pueblos originarios y las sociedades construidas sobre su destrucción, silenciamiento y/o marginación. (El Mostrador)

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