Cultura
Ciudad de La Paz
Declaran al 22 de mayo como ‘Día de la Cultura Viva’

Martes, 20 Mayo, 2014 - 19:03

El Gobierno Municipal promulgó la Ley Autonómica Municipal 073/2014 que declara que el 22 de mayo de cada año se celebrará el “Día de la Cultura Viva Comunitaria en el Municipio de La Paz”. Esta norma fue aprobada para potenciar las iniciativas culturales ya existentes, en los territorios locales, promover los derechos culturales y estimular la creación de nuevas iniciativas, a través del apoyo técnico, tecnológico, financiero e institucional a las experiencias culturales autogestionarias en el territorio local.

“La Oficialía Mayor de Culturas y todas la unidades organizacionales relacionadas con la temática, serán las responsables de promover, organizar y llevar adelante acciones, actividades y/o eventos artísticos y socio-culturales de conmemoración; en coordinación con las organizaciones, comunidades y movimientos de actores y/o gestores culturales de la sociedad, y la amplia participación ciudadana”, establece el artículo segundo de esta norma municipal.

En esta misma norma se destaca que en sincronía con esta manifestación ciudadana, el Gobierno Autónomo Municipal de La Paz, concluyó entre sus líneas y políticas estratégicas de gestión el fomento y la promoción de las diversidades culturales en el marco de una decidida voluntad de democratizar el acceso a la producción cultural y al disfrute de los productos culturales para todos los sectores.

La cultura viva comunitaria es entendida como “aquellas expresiones comunitarias que surgen a partir de la cotidianidad a la vivencia de sus territorios, promovidas por entidades enraizadas en sus mismos territorios. Es una experiencia de formación humana, política, artística y cultural que reconoce y potencia las identidades de los grupos poblacionales, el diálogo, la cooperación, la existencia pacífica y la construcción colectiva (…)”, según los antecedentes que fundamentan esta Ley Municipal.

Esta Ley fue aprobada y promulgada en cumplimiento del artículo 101 de la Constitución Política del Estado (CPE) que determina que las manifestaciones del arte y las industrias populares, en su componente intangible, gozarán de especial protección del Estado.

Asimismo, en el marco del artículo 302 de la misma norma nacional, señala que entre las competencias exclusivas de los gobiernos municipales autónomos se encuentra la promoción y conservación de la cultura, patrimonio cultural, histórico, artístico, monumental, arquitectónico, arqueológico, paleontológico, científico, tangible e intangible municipal. Además, de la promoción de la cultura y actividades artísticas en el ámbito de su jurisdicción.

Por otra parte, esta Ley municipal también fue emitida con el respaldo del artículo 86, parágrafo III, numerales 2 y 3 de la Ley Marco de Autonomías y Descentralización Andrés Ibáñez. En la misma se establece que una de las competencias exclusivas de los gobiernos autónomos municipales es elaborar y desarrollar normativas municipales para la declaración, protección, conservación y promoción del patrimonio cultural, histórico, documental, artístico, monumental, arquitectónico, arqueológico, paleontológico, científico, tangible e intangible a su cargo.

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