NEGLIGENCIA MÉDICA

Regional
La fiscal de Villa Montes, Ximena Parada, en entrevista con radio Pilcomayo, indicó que el Ministerio Público investiga el caso. No obstante, dijo que la pesquisa avanza lentamente por la negativa de los directivos del nosocomio a brindar información.
Seguridad
El médico del penal de San Roque de la ciudad de Sucre fue aprehendido en las últimas horas por presunta negligencia médica, a denuncia de una interna del centro penitenciario.
Social
Los médicos determinaron suspender el anunciado paro de 24 horas que estaba previsto para este jueves, después de que acordaron con asambleístas nacionales trabajar un proyecto de Ley General de Salud.
Social
Los presidentes de los colegios de médicos del país, que se encuentran reunidos en La Paz, anunciaron un paro de 24 horas para el próximo jueves en protesta contra el proyecto de Ley que sanciona la negligencia médica en Bolivia.

CON PINZAS Y CON BISTURI

Victor Hugo Maidana Alcoba

La ley de “negligencia médica” es una norma necesaria, de repente urgente, porque de lo que se trata es de proteger la calidad de los servicios médicos y el prestigio de los médicos, como también del personal que trabaja en la delicada misión de cuidar por la salud de las personas.

El tratamiento de esta norma es delicado y sensible, entonces es menester el uso adecuado de técnicas jurídicas que permitan un acercamiento a una  correcta  aplicación de los derechos y las obligaciones en forma proporcionada, para unos y para otros.

En este tipo de casos lo recomendable es el uso de métodos jurídicos adecuados para hacer una norma sustentable teórica-doctrinal en derecho,  y sostenible en su aplicación procesal, como respuestas objetivas a las necesidades circunstanciales de una realidad emergente.

Al respecto considero que la ruta para la construcción de normas que señala la  Constitución Política del Estado Plurinacional de Bolivia, es la más adecuada, por lo cual la lógica con la que se debe operar, debe estar orientada en sus disposiciones.

La Carta Magna en su artículo 39,  in fine, es decir en su integridad, señala lo siguiente; I. “El estado Garantizará  el servicio de salud público y reconoce el servicio de salud privado; regulara y vigilará la atención de  calidad a través de auditorías medicas  sostenibles que evalúen el trabajo de su personal, infraestructura y el equipamiento de acuerdo con la ley.

II. La ley sancionará las acciones u omisiones negligentes en el ejercicio de  la medicina.

Haciendo un ejercicio básico de interpretación de la Carta Magna, se puede ver  dos escenarios esenciales. Uno que corresponde a la parte organizativa  con  la amplia participación del estado como organismo rector del sistema de salud y dos,  es  la parte sancionativa o estrictamente procesa.

La parte organizativa tiene que ver básicamente con el control de los servicios de salud públicos y privados, por medio de las auditorías médicas  como obligación del estado.

Al margen del equipamiento y la infraestructura de los centros de salud como parte de este trabajo del estado, es importante subrayar el acápite relativo  a   las auditorias médicas porque de esta acción depende el juzgamiento de la negligencia médica, por lo cual se constituye en una especie de garantía para el debido proceso.

Las auditorias médicas tienen un carácter previo al juzgamiento, son obligatorias, no se podrían hacer juzgamientos sin el cumplimiento de este requisito. La constitución al respecto es sabia.

En la práctica la parte organizativa, el estado asume también responsabilidades esenciales, que por cierto no son pocos por lo visto, es posible que no sean suficientes un par de direcciones en el Ministerio de Salud para cubrir adecuadamente las competencias constitucionalmente dispuestas, por ahí se debería pensar un vice ministerio altamente técnico-científico, para hacer las evaluaciones integrales y sobre todo para la realización de las auditorias médicas.

Entonces la ley  como tal que, tendría que ser integral, que parta de las definiciones jurídicos conceptuales, diferenciado claramente las instituciones de derecho adecuadas, para evitar colisiones con las disposiciones del derecho penal y llegue a cubrir las necesidades para las cuales fue concebida.

La negligencia médica no puede estar tipificada como delito, por lo menos desde mi punto de vista, ya que el trabajo de los médicos y del personal de los servicios de salud no presenta elementos cercanos al animus criminoso, es decir, al ánimo premeditado de hacer daño.

Los médicos y el personal de salud, son profesionales científico técnicos, que han jurado profesionalmente salvar vidas y no apagarlas, salvo que aparezca por ahí alguien a quien se le cruzaron los cables,  ahí está el justificativo principal por el cual es necesario definir los conceptos jurídicos sobre la tipificación de las conductas incorporadas a las normas legales.

Es necesario hacer esta ley sobre la negligencia médica, para frenar la injusticia para unos y para otros, si no se lo hace pronto, esta situación desigual podría perjudicar a unos y favorecer a otros, sobre todo a los pescadores que buscan ganancias en rio revuelto, llevando a los tribunales a título de negligencia médica cualquier  acción que pase dentro de los nosocomios, sin auditoria medica de por medio.

No cabe duda que hacer leyes no es tarea fácil. En este caso en particular, la parte organizativa y la del juzgamiento deben ser trabajadas en paralelo al mismo tiempo. Por separado, es posible que no se la pueda concluir y menos aplicar.

Crear leyes es reglamentar las conductas que están al libre albedrio, es buscar justicia, dando a cada quien lo que le corresponde en sus disposiciones. Es tratar de ingresar al espíritu de las leyes, encontrar el ánimo del legislador, para asignar  derechos y obligaciones a médicos y enfermos, enfermos y médicos.

Por lo delicado del tema, no cabe duda que la ley contra la negligencia médica, o mala praxis médica, es una regla jurídica para ser tratada con pinzas y con bisturí.

GRACIAS Y HASTA LA PROXIMA CUANDO VOLVAMOS A HABLAR JUSTO Y CABAL NI MÁS NI MENOS. 

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¿LEY CONTRA LA NEGLIGENCIA MÉDICA?

Dr. René García Ángelo

La llamada ley contra la negligencia médica que se baraja en estamentos de los altos dignatarios del congreso, conlleva a realizar una serie de análisis desde diferentes puntos de vista. Este es el mío, un médico especialista con 14 años de estudios superiores dentro y fuera del país y entrenamiento en países como son México y Canadá, además de 10 años de experiencia en el campo médico de nuestro país.

Elaborar una ley que castiga un concepto muy subjetivo como es la negligencia, cuyos resultados no siempre dependen de un solo actor, sino de un grupo de personas, instituciones, equipamiento, instrumental, tiempos, etc. Con estos conceptos me refiero a que por ejemplo, en la vida diaria ocurren con frecuencia los accidentes de tránsito, en la que existen personas lesionadas por causas cinéticas del propio accidente. En la medicina lo llamamos Traumatismo Encefálico Craneal (TEC), el cual conlleva varios grados de lesiones cerebrales (encéfalo) y craneales (óseo), cuyo pronóstico (cómo le irá al paciente) depende de muchos factores: depende del grado de lesión, depende de la rapidez con que es rescatado y trasladado a un centro de salud adecuado para atender dicha patología (no todos los centros de salud están equipados para dar atención a este tipo de pacientes), y depende de la respuesta del hospital de tercer nivel para dar atención a este paciente hipotético. Si la cinética del accidente de tránsito fue grave, en cualquier parte del mundo (país desarrollado vs subdesarrollado) hágase lo que se haga, el paciente fallecerá en el momento del accidente o durante su traslado al hospital, más aún en nuestro medio donde no contamos con un sistema de comunicación y transporte de pacientes a la altura de este tipo de pacientes, no se cuenta con un sistema de comunicación rápido y eficiente, no se cuenta con un sistema de transporte como son helicópteros-ambulancias, ambulancias con equipamiento de Unidad de Terapia Intensiva ambulatoria y personal médico en las ambulancias con entrenamiento de este nivel de medicina, que lleguen al lugar de los hechos en el menor tiempo posible, porque de ello depende su pronóstico.

Lo común en nuestro medio es que si existe un accidente de tránsito, el paciente es transportado en lo que se pueda y en las peores condiciones, recuerdo por ejemplo que con mucha frecuencia los pacientes son llevados al hospital cargados en aguayos o frazadas, sin soluciones intravenosas, sin apoyo de oxigenación, indispensables en muchos casos para evitar periodos de hipotensión arterial u oxigenación cerebral del paciente y que tiene repercusión hemodinámica sistémica y cerebral.

Cuando una persona con TEC sufre hipotensión arterial temprana y tardía en la fase pre-hospitalaria, únicamente por el factor de hipotensión arterial la posibilidad de quedar en estado vegetativo es de aproximadamente 70 %, al margen del tipo de asistencia médica que reciba posteriormente. Los choferes de la mayoría de las ambulancias particulares de nuestro medio que transportan a los pacientes, en algunos centros médicos privados que incluye los de prestigio, reciben alrededor de 200 Bs. por cada paciente, por tanto el conductor (y no así el médico de ambulancia como en otros países) decide a que centro de salud lleva al paciente (es obvia la respuesta).

Si analizamos los clínicas particulares, la mayoría no tiene un Tomógrafo, esencial en el paciente con TEC grave para determinar una conducta médica inmediata a seguir; entonces el paciente deberá ser trasladado a otro centro o gabinete para la realización de este estudio. La mayoría de los centros privados, por no decir todos, no cuentan con un especialista de permanencia de 24 hrs., por tanto cuando el paciente llega a dicho centro se llama vía telefónica a un especialista y ya uno deberá analizar el tiempo en que llegará dicho especialista. Muchas veces ocurre que dicho especialista esta en otro hospital cumpliendo su horario de trabajo y se trasladara al centro particular una vez que se desocupe. Son tiempos cruciales que se pierden durante el traslado a otro centro para la tomografía y el tiempo de espera del especialista que deberán ser analizadas por las autoridades.

Después de pasar por tantos obstáculos, finalmente el paciente llega al hospital de tercer nivel de Cochabamba donde es asistido inmediatamente por personal entrenado, sin embargo resulta que este hospital de Cochabamba no cuenta con un tomógrafo!, estudio esencial en el paciente con trauma encéfalo craneal grave. Lo que se hace es solicitar a los familiares que deberán ir a un gabinete fuera del hospital para cancelar el estudio y retornar al hospital con la factura en la mano y recién el paciente es trasladado al estudio, y qué ocurrirá en los casos en las que no hay familiares del paciente?, porque no siempre están en el lugar del accidente, o que ocurrirá en casos en que el paciente no tenga familiares?, deberá esperarse hasta encontrar alguna opción. Mientras se espera pasan minutos, horas, e incluso días en algunos casos, y uno se pregunta nuevamente: y el pronóstico del paciente? En muchos casos el paciente tiene TEC Grave cuyo pronóstico depende  de la rapidez del manejo en una Unidad de Terapia Intensiva, y resulta que la mayor parte del tiempo el hospital de 3er. nivel no tiene espacio físico, no tiene camas libres para el paciente que llega. En dicha situación el paciente o los familiares deberán buscar por su cuenta otro centro de 3er. nivel, público o privado, y resulta que en Cochabamba solo existe un hospital de 3er. nivel que es de referencia departamental y en muchas ocasiones nacional, porque acuden pacientes de las provincias de Cochabamba y de otros departamentos como Beni, Pando, Potosí, etc.! Si el paciente logra conseguir otro centro, este será privado y nuevamente y nuevamente retornamos al análisis de las clínicas privadas, donde no hay tomógrafo, no hay especialistas de permanencia completa, etc.

Por si fuera poco, en algunas especialidades cruciales,  el hospital de 3er. nivel no tiene especialistas a permanencia y acuden a llamado. Este centro de referencia departamental, también carece de instrumental quirúrgico completo para cirugía craneal, o los existentes son equipos obsoletos que se adquirieron hace mas de 20 o 30 años, en los que no se realizó mantenimiento adecuado; sierras sin filo que mas que cortar desgarran los tejidos, causa frecuente de complicaciones quirúrgicas, craneotomos (instrumental con que se realiza la craneotomía en un tiempo 10 veces menor que con sierras) que se consiguieron gracias a la actitud quijotesca de colegas especialistas mediante donación de otros países donde realizaron su entrenamiento, por que el gobierno en su turno, y ahora la alcaldía y la gobernación nunca tienen presupuesto para dotar de este tipo de instrumental que debe ser traído de otros países con un alto costo económico, sin embargo cruciales para obtener mejores resultados en las cirugías de los pacientes; los craneotomos que llegaron por donación dejaron de funcionar hace 2 o 3 años, porque nadie tiene capacidad para repararlos y no se obtienen otros para reemplazar.

El cirujano realiza la operación como puede y con lo que puede, algunas veces llevando su propio instrumental para obtener mejores resultados y menos complicaciones del paciente, y que no es recompensado de ninguna forma. Y mientras tanto? el pronóstico del paciente?. Con tantos factores previos de mal pronóstico, un paciente con TEC grave casi condenado al fallecimiento, que posibilidades tiene de sobrevivir a una operación cerebral y craneal que es altamente compleja, porque el cerebro es un órgano de alta complejidad, cuyos daños dejan secuelas irreversibles (irreparables) en la mayoría de los casos. Resulta que al final de esta cadena participa el cirujano con una intervención quirúrgica (quien recibe una remuneración de 5.000 Bs. al mes por dicho trabajo, después de invertir 14 años de tiempo y economía en su entrenamiento) con muchos factores de mal pronóstico sistémicos descritos previamente, con instrumental y equipamiento deficiente y obsoleto. Si el resultado final es el fallecimiento del paciente y la nueva ley considera que la responsabilidad es del cirujano, sancionará con una pena de prisión y reposición económica de un monto único de $US 135.000 y la indemnización a los familiares afectados de por vida.

Si esto se hace realidad señores dignatarios del congreso y población boliviana en general, tengan certeza que muchos médicos especialistas dejaran de hacer medicina especializada, será más fácil dedicarse a cualquier otra actividad económica para subsistir como abrir una tienda, una ferretería, sin correr riesgos o finalmente muchos especialistas regresarán a los países donde fueron entrenados para seguir asistiendo a los enfermos. Y cuando nuestros hijos enfermen, nuestros padres enfermen, nuestros esposas o esposos enfermen, o cuando alguna persona enferme y se llame al teléfono de un buen especialista, se recibirán respuestas como “ya no trabaja como médico”, “se fue a trabajar a otro país”, quien curará a nuestros niños, quien curará a nuestros ancianos, quién curará a nuestra gente!

Simplemente muchos fallecerán por falta de asistencia médica especializada. Por tanto la nueva ley contra la negligencia médica mejorará la atención en la salud? Mejorarán los resultados de nuestros enfermos? O va en contra de nuestra población boliviana enferma? No será que primeramente las autorizadas deberán analizar el sistema de salud metódica y con objetividad para identificar las falencias y debilidades del sistema para dar solución a los mismos, como la falta de un sistema de rescate y transporte a los centros de salud, la falta de equipamiento con tomógrafos y resonancia magnética, la falta de instrumental quirúrgico acorde a los tiempos modernos en que se encuentra la medicina mundial, la re-organización de los centros de salud en coordinación con centros privados, para que los especialistas existentes en el medio sean distribuidos adecuadamente, de manera tal que no existan especialistas que trabajan al mismo tiempo en un hospital público, en una caja de salud, y en la mayoría de las clínicas privadas, es decir hacer una reingeniería del sistema de salud para luego, después de dopar y equipar a dichos centros, analizar sanciones como el caso de la negligencia médica? Población boliviana, dejó a su criterio el análisis de este complejo tema como es la salud de nuestra querida Bolivia.

El autor es médico neurocirujano y docente universitario

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Política
La expresidenta de la Cámara de Diputados, Betty Tejada, denunció que su madre perdió la vida por una negligencia médica en la Caja Petrolera de Salud de Santa Cruz.
Social
El ministro de Salud, Juan Carlos Calvimontes, informó que al menos en 40% de las denuncias sobre la presunta negligencia médica en Bolivia existe encubrimiento y sólo 20 galenos fueron sentenciados por el mismo delito.
Regional
Se realizó una reunión con directivos de la Maternidad sobre el nuevo caso de mala praxis médica. Proceso interno, auditoría médica y juicio, son los pasos que se siguen al médico involucrado en una mamoplastía.

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