LAS GRAPAS DEL GOBIERNO MUNICIPAL
By argv.E338951d on Mar, 15/01/2013 - 11:46Una larga fila de infractores protesta en una pequeña e incómoda oficina ubicada en la esquina noreste de la Plaza Colón en Cochabamba, porque a pesar de estar tres funcionarias detrás de un separador de madera, solo atiende una, la otra se la pasa el tiempo conversando a través de su teléfono celular, la otra con cara sonriente quieta detrás de su escritorio con cara de sonrisa, hecho que genera mayor impaciencia, porque existe la urgencia de pagar la multa para evitar que pase el tiempo de plazo y evitar que la grúa se lleve el automóvil a la posta municipal.
Entre las 15:00 y las 16:00 horas del viernes pasado, un promedio de 25 autos habían sido engrapados por funcionarios de la Alcaldía en las calles aledañas a la Plaza Colón, porque sus dueños habían cometido alguna infracción en el estacionamiento de su vehículo y que no quedaba más remedio que pagar la multa, si quería que su vehículo sea liberado por los funcionarios, ágiles para poner la grapa y más lenta para desengrapar.
La protesta e incomodidad se agudiza en la medida en que se van enterando del tipo de infracción que han cometido, unos deben pagar Bs. 50 por haber estacionado en la cebra, es decir, el paso peatonal, otros Bs. 100 por haber reincido, otros Bs. 200 por estacionar a la izquierda de la calzada, en fin, una serie de categorías y montos por infracción.
Este hecho da lugar a que el público infractor emita juicios de valor y adjetivos calificativos, contra la única funcionaria que cobra y llena el comprobante de pago de sitios y locales municipales y que no hace más que escuchar y cobrar el monto estipulado en el acta de infracción. A tanta insistencia del público que hace larga cola, la funcionaria dice que ella solo cumple lo previsto en la Ordenanza Municipal.
La Ordenanza Municipal Nº 4398/2012 del Reglamento Municipal del Sistema Regulado de estacionamiento en vías públicas promulgado el 20 de abril, tiene como propósito de regular las condiciones de utilización y uso de las vías públicas con fines estacionamiento temporal de vehículos particulares y su aplicación de sanciones a los infractores.
Lo cierto es que los propietarios de vehículos tenemos que aprender a obedecer las Ordenanzas Municipales para evitar perjuicios de todo orden y si hemos cometido una infracción, reconocer nuestra culpabilidad y a futuro no volver a repetir esas mismas actitudes, porque la ordenanza toma en cuenta también la reincidencia por segunda vez.
Por otra parte, el Gobierno Autónomo Municipal está en la obligación de implementar una estrategia de información dirigida al público sobre los detalles de la Ordenanza Municipal, incluyendo el tipo de infracción, montos que implica la multa, tiempo de pago, consecuencias si no se paga la multa. Por explicaciones de los propietarios, a veces se cometen infracciones involuntarias por la urgencia de estacionar aún es espacio prohibidos y a falta de información creen que no les pasará nada.
A las funcionarias de la Alcaldía, exigirles mayor agilidad en la atención de los usuarios que están encolerizados, ponerse en su sitio y atenderlos con mucha cordialidad en el trato, es más explicando que se trata de regularizar el uso del espacio público para favorecer al propio peatón que circula por la calles de la ciudad.
A los encargados de la grapa pedirles mayor rapidez en liberar las movilidades, tal que sus propietarios no tengan que esperar demasiado tiempo para emprender la marcha y dejar el sitio despejado. Que todos cumplan sus funciones para hacer más llevadera la relación entre institución municipal e infractor.
* El autor es periodista y docente universitario