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Seguir negando que en Bolivia hay más de un millar de procesados, encarcelados y exiliados políticos, es querer tapar el sol con un dedo. Nuestros gobernantes no deberían esperar, como ocurrió en Venezuela, que una derrota electoral los obligue a reconocer que en las cárceles existen presos políticos y que fuera del país están centenares de exiliados. La Constitución Política del Estado en su artículo 172, numeral 14, sobre las atribuciones del Presidente, determina que una de sus facultades es decretar amnistía o indulto, con la aprobación de la Asamblea Legislativa Plurinacional. Desde que el MAS llegó al poder en el 2006, centenas de opositores se refugiaron o asilaron en Brasil, Perú, Paraguay, Estados Unidos y España alegando persecución política del Gobierno, mientras que las autoridades sostienen que se trata de personas que huyen de procesos de corrupción.
Amnistía es un vocablo de origen griego que tiene su raíz en “A” y “Mnesis” que significa sin memoria, olvido de lo pasado. Como dice la jurista Teresa Jardí (2009), la amnistía es concedida siempre por el gobernante porque es él, “el que tiene el poder de borrar la memoria”. El gobierno olvida los delitos que presuntamente cometieron los presos y les da la libertad. La nobleza de esta figura jurídica, remata Jardí, radica en que concilia enemigos y busca la paz. En las celdas de nuestras cárceles existen decenas de presos políticos. Preso político es una persona que es retenida en un centro penitenciario o en otro ambiente que limite su libertad, debido a que las ideas por él expresadas significan una amenaza para el sistema político imperante en un Estado.
Como bien dice Hernán Salgado (2012), a diferencia del indulto donde se toma muy en cuenta a la persona del delincuente y donde juega sobre todo un sentimiento humanitario, de clemencia o de equidad, para con los infractores penales; en la amnistía se mira más al tipo de delito que a sus infractores y se tiene por punto de partida el clima político-social que vive el Estado: de agitación interna, de enfrentamientos y conflictos sociales, de una seria alteración del orden constituido. El indulto afecta a una persona concreta, la amnistía afecta a un grupo de personas, el indulto no extingue la responsabilidad civil derivada del delito, en cambio la amnistía si lo hace. En general, para otorgar el indulto es necesario un acto administrativo para la amnistía es necesaria una ley. En lo que corresponde a la amnistía, ella extingue los antecedentes penales, mientras el indulto no lo hace necesariamente. En la amnistía ya no se parte de consideraciones individuales como en el indulto- lo que importa es el interés general de la comunidad toda. Por esto la doctrina suele señalar que la amnistía cumple una importante finalidad política, cual es la de conseguir o al menos contribuir a la paz, al orden, a la concordia nacionales en momentos en que estos valores, intrínsecos a toda organización política, han sido alterados sensiblemente por hechos que caen bajo el rigor de la ley penal, lo que agrava la situación. Para restaurar la paz, el orden, la concordia es a veces necesario recurrir a la amnistía.
Basados en estos principios, en septiembre del 2012, la Iglesia Católica pidió a los gobernantes de Bolivia amnistía para las decenas de "encarcelados, exiliados y refugiados políticos" como un gesto de "reconciliación", y tildó de "aberrante" usar la justicia para perseguir a los disconformes con el "proyecto político" que vive el país. El Consejo Episcopal Permanente lamentó entonces que esas personas estén "sufriendo porque no hay garantía de un justo juicio" y también por la lentitud en los procesos judiciales. "Nos permitimos también sugerir (…) hacer un gesto de reconciliación, como la amnistía a favor de esos hermanos", señalaba el comunicado. Los obispos remarcaron la importancia de que el ejercicio de la justicia "sea libre de condicionamientos de tipo económico, social y político, no para la impunidad, sino para garantizar juicios imparciales”. También advirtieron que si se continuaba con la "instrumentalización de la justicia", se estarían resquebrajando "seriamente" las bases democráticas de la convivencia y se proyectará "una imagen negativa ante el mundo acerca de la vigencia de los derechos y libertades fundamentales" en Bolivia.
Como si no hubiera pasado el tiempo, el pedido de la Iglesia sigue vigente y es preciso que sea escuchado por el Presidente. En nuestro país existen personas que son objeto de procesos legales (demorados y muchas veces cuestionados). Un caso emblemático resulta ser Leopoldo Fernández (preso desde el 2008 sin sentencia ejecutoriada), pero las limitantes y autocensuras llegan a centenas de personas que ven limitada su acción y son perseguidos políticos. El encarcelamiento de Carmelo Lenz es otro caso que delata cómo la justicia es usada para acallar a los rivales políticos. El Gobierno hasta ahora no ha hecho nada para demostrar que en Bolivia no existen perseguidos políticos. Por ello, pido a nuestro Presidente que de una vez tienda ´puentes de perdón y reconciliación entre los bolivianos dando amnistía a los procesados, encarcelados y exiliados políticos. Sería un acto que lejos de mostrarlo débil, lo engrandecerá ante los ojos de los ciudadanos y las ciudadanas de la Patria.
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