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Tuvo que llegar el feminicidio a la casa de la prensa nacional para que, finalmente y después de años de gestión, la Asamblea Legislativa Plurinacional tuviese a bien tratar el proyecto de ley mediante la cual se pretendía sancionar la violencia en contra de las mujeres bolivianas.
No es mucho lo que sabe acerca del contenido de la ley, salvo que eliminaron once artículos del proyecto en debate y que, como resultado del mismo, los miembros de la cámara de diputados introdujeron la “pequeña” modificación de “toda persona”, de modo que la ley no sólo sancionaría la violencia en contra de las mujeres sino de cualquier persona que fuese víctima de violencia. Con tan dichoso agregado, también se modificaría el título de la norma que dejaría de ser “Ley Integral para Garantizar a las Mujeres una Vida Libre de Violencia” para convertirla en “Ley Integral para Garantizar una Vida Libre de Violencia”, pretendiendo de este modo otorgarle un carácter “verdaderamente integral”.
Según trascendidos de la prensa, el proyecto fue debatido en la cámara de diputados por aproximadamente quince horas. Este debate debió ser transmitido por los medios de comunicación del estado, para dar cuenta de lo que piensan las diputadas y los diputados acerca del tema, para conocer qué imágenes, criterios, pensamientos, juicio y prejuicios contienen sus ideas. Digo esto porque, de verdad, me provoca una enorme curiosidad conocer qué argumentos condujeron a semejante despropósito. ¿Es que no hay manera de hacer entender a las y los representantes del pueblo que lo que se está tratando en este proyecto de ley es la violencia basada den género? ¿Acaso no les queda claro que cuando nos referimos a ley “integral” estamos hablando de una norma que sancione todas las formas de violencia en contra de las mujeres?
Pero, ahí aparecieron seguramente los y las oportunistas para “colgarse” de los beneficios y resguardos que se pretende, siquiera en una oportunidad, otorgar a las mujeres. Ahí aparecieron los “maridos oprimidos” para reclamar su parte de la torta y las/los no menos oficiosos representantes de los derechos de todos los sectores para recordar a los “padres/madres de la patria” que “cualquier persona” puede ser víctima de violencia, lo que está por demás registrar porque ciertamente todas las personas podemos serlo, aunque no todas somos igualmente vulnerables a la violencia basada en género, que es lo que se pretende poner de manifiesto con esta norma.
Entonces quizás sucedió que tan “dignos representantes del pueblo” pusieron la cara circunspecta para asentir con mucha seriedad una verdad de Perogrullo y modificar en su esencia el contenido de la ley, con una absurda e ignara pretensión de ecuanimidad, lo que no me sorprende en absoluto. Aquí cabe preguntarles ¿qué tienen para exhibir estos oportunistas de última hora para equipar la violencia en contra de las mujeres a la de “cualquier persona”? Y, si tan “integral” pretenden que sea la ley ¿por qué no incluir ahí mismo todas las formas de violencias habidas y por haber, como por ejemplo la violencia estatal, los crímenes de guerra y las demás formas de violencia registradas en el código penal?
¿Cuántos maridos/ concubinos/ novios y cónyuges han muerto en manos de sus parejas de sexo femenino (o masculino, en caso de los gay) en los últimos cinco años. ¿Cuántos de ellos han sido despojados de sus bienes, de su dignidad y de su autoestima? ¿Cuántos pueden exhibir en sus cuerpos cicatrices de quemaduras, cortes, fracturas y otros tipos de lesiones infringidas por sus parejas? Y si los hay, de seguro serán excepciones –en una proporción imposible de equiparar– que confirman la regla, de que son las mujeres quienes por decenas de miles están en condiciones de exhibir su condición de víctimas de violencia basada en género.
En otro ámbito, quizás más sensible por su dimensión y condición de vulnerabilidad, está la niñez y adolescencia que sin duda alguna también es víctima de violencia. Sin embargo, para información de las y los “ecuánimes” legisladores, existe una “Convención Internacional sobre los Derechos del Niño” que tiene rango de ley al haber sido suscrita y ratificada por el estado boliviano y existe un “Código del Niño, Niña y Adolescente” (Ley Nº 2026 de 27/10/1999) que contiene más de 300 artículos en resguardo de los derechos de este sector de la población. Entonces ¿cuál la necesidad de incorporarlo en la norma que se está tratando ahora? Similares argumentos se pueden presentar con relación a otros sectores de la población, como los de los colectivos TLGB, las personas con discapacidades y hasta los jóvenes que prestan el servicio militar obligatorio quienes, por cierto, con harta frecuencia también son víctimas de violencia.
Dudo sinceramente de que tal despropósito logre ser revertido en la cámara de senadores porque, aunque ahí existe una proporcionalidad de género más equilibrada que en la cámara de diputados, también hacen mayoría quienes, como Rebeca Delgado y Flora Aguilar, creen haber logrado un gran avance al haber incorporado a “todas las personas” como sujetos de la norma.
De aprobarse la ley con la distorsión mencionada, espero que al menos las organizaciones de mujeres levanten banderas de dignidad para denunciar una nueva traición al proceso de reivindicación de los derechos de las mujeres y no vayan allí a aplaudir acríticamente su sanción, como “gran avance” del “proceso de cambio”.
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