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El Fiscal General del Estado, Juan Lanchipa Ponce, destacó que con la Nueva Ley de Abreviación Procesal Penal y de Fortalecimiento de la Lucha Integral Contra la Violencia a Niñas, Niños, Adolescentes y Mujeres, los fiscales de oficio o a pedido de las partes, promoverán la conciliación desde el primer momento del proceso en delitos de contenido patrimonial o culposos.
“El Ministerio Público a través de los fiscales de materia promoverá la conciliación desde el primer momento del proceso hasta antes de la conclusión de la etapa preparatoria y de esta forma procurar la pronta y oportuna resolución de los conflictos penales como señala la Ley 1173”, explicó Lanchipa.
Se aplica la conciliación como un medio alternativo para solucionar conflictos, de forma que las partes (victima y/o denunciado) resuelven mediante el acuerdo el conflicto jurídico con la intervención o colaboración de un tercero, que será una tarea de los fiscales que promoverán la conciliación.
La nueva normativa plantea excepciones a la conciliación en hechos que tenga por resultado la muerte, que exista un interés público gravemente comprometido, vulneren derechos constitucionales, y/o se trate de reincidentes o delincuentes habituales. También cuando se afecte al patrimonio del Estado.
Un delito patrimonial está relacionado con un hecho o conducta ilícita que afecta a la propiedad privada, puede ser un bien mueble o inmueble, o su forma de adquirirlo, o el uso que vaya a dársele. Mientras que el delito es culposo cuando un individuo lo comete sin intención, ni voluntad de incurrir en un hecho delictuoso.
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