Autorizan las regulaciones de actividades del Gran Poder
La “fastuosa” entrada del Gran Poder es parte reconocida del patrimonio cultural paceño y nacional, su realización comprende varias otras actividades que obligan a que la Alcaldía deba intervenir, tanto para controlar como para apoyar esta manifestación folklórico religiosa, de tal manera que los bailarines y ciudadanos disfruten de la entrada con comodidad y sin excesos. Por ello, cada año, el Concejo aprueba una Ordenanza que regula todos los aspectos que deben tomarse en cuenta.
El Concejo Municipal de La Paz aprobó la Ordenanza que regula varias actividades desarrolladas por la Asociación de Conjuntos Folklóricos del Gran Poder y las formas en que la Comuna paceña apoyará en la realización de la “Entrada de la Santísima Trinidad del Señor del Gran Poder”.
Para empezar, las actividades centrales en que Comuna y Folkloristas participarán de forma coordinada son: La Pre entrada o “Promesa del Señor del Gran Poder” que se realizará este domingo 19; la misma Entrada del Señor del Gran Poder que se realizará el sábado 25, la Diana que se llevará a cabo el domingo 26 y la Solemne Procesión del “Señor del Gran Poder” que tendrá efecto el 2 de junio.
La Ordenanza aprobada es bastante larga, cuenta con 26 artículos que detallan minuciosamente los deberes y obligaciones de los involucrados y los beneficios y las prohibiciones que debe esperar y acatar quien participe, ya sea como bailarín, espectador o comerciante.
Partes salientes de la Ordenanza aprueban las actividades a realizarse, los recorridos y horarios de la pre entrada, la entrada y la procesión, la conformación de la Comitiva que encabeza la Entrada y la instalación de “palcos oficiales” y de transmisión televisiva libres de obstáculos y publicidad en 50 metros a la redonda.
Por otro lado, en lo que respecta a la instalación de graderías para espectadores, la Ordenanza autoriza a la Asociación de Conjuntos Folklóricos, la instalación de 900 metros lineales de graderías en la Illampu y concede a los propietarios de inmuebles ubicados a lo largo de la ruta y a negociantes, la instalación de graderías, sillas o bancas para su alquiler a espectadores, previo pago de un gravamen mínimo de Bs8.- por metro cuadrado de “plateas”.
En cuanto a puestos de venta, tanto de alimentos como de otros productos, deberán, únicamente, cumplir con el pago de una patente de cinco bolivianos por metro cuadrado de puesto y observar las regulaciones existentes acerca de la calidad y frescura de los productos ofrecidos.
En lo que respecta a la venta y consumo de bebidas alcohólicas, la Ordenanza es un poco más amplia: determina que no se las puede vender ni al inicio ni al final de la Promesa y la Entrada, tampoco en bares ni locales ubicados a 100 metros alrededor del Templo del Gran Poder, tanto en la Promesa, como en la Entrada y en la procesión.
La Ordenanza prohíbe, también, el consumo excesivo de bebidas espirituosas por parte de espectadores, bailarines y músicos así como la venta y consumo en espacios públicos como plazas y parques. Además, prohíbe completamente la venta de bebidas alcohólicas y su consumo a menores de edad.
La Intendencia y la Guardia Municipales, la Asociación de Conjuntos Folklóricos del Gran Poder y la Policía Boliviana quedarán encargados de velar por el cumplimiento de lo dispuesto y controlar la conducta con respecto a las bebidas alcohólicas, su venta y consumo.
Ya viejo componente de estas ordenanzas es la prohibición total de usar partes de animales pertenecientes a la biodiversidad nacional en atuendos y adornos de los bailarines ya que provienen de una depredación criminal de nuestra fauna.
Finalmente, entre las prohibiciones está la de No estacionar vehículos en ninguna de las bocacalles que existen en el recorrido, No pintar ni marcar aceras ni calzada para señalar “propiedades” y No dañar el equipamiento ni ornato urbano.
La seguridad ciudadana estará a cargo de la Policía Boliviana y la provisión de servicios higiénicos a cargo del Municipio que también estará a cargo de instalar pasos peatonales que garanticen el tránsito de los ciudadanos a través de la Entrada.
En ésta, como en otras entradas previas, no existirá restricción alguna ni derechos de exclusividad que restrinjan la transmisión “en vivo” o diferido de las imágenes o audios de la Entrada.
El Sistema de Regulación Municipal (SIREMU) estará a cargo de velar por la limpieza de calles y avenidas, antes, durante y después de la Entrada y vigilar porque vendedores de graderías y puestos de venta mantengan y dejen limpios sus lugares.
Se trata, verdaderamente, de una Ordenanza minuciosa y que se ocupa de regular todos aquellos detalles que, fruto de la experiencia, se han tomado como críticos para garantizar la “perfección” en la realización de las actividades la festividad.