- 1735 lecturas
Las personas que soliciten autorización edil para la realización de recepciones sociales en garajes, terrenos, galpones y otros deberán instalar sistemas de cámaras de seguridad y monitoreo electrónico para el día del evento, informó el concejal por Sol.bo, Fabián Siñani.
La anterior semana, el Concejo Municipal aprobó una norma que modifica algunos artículos de la Ley Municipal Autonómica de Control al Expendio y Consumo de Bebidas Alcohólicas, una de ellas refiere a la instalación de las cámaras de videovigilancia.
“Hicimos una complementación sobre todo relacionada a la obligación de los canchones y galpones la instalación de cámaras de seguridad, porque tenemos una ley de cámaras de seguridad ciudadana que así lo establece, lo aprobamos la semana pasada y estamos listos para la promulgación”, expresó Siñani.
El Concejo incorporó el inciso h) en el parágrafo II del artículo 34 de la norma refiriendo que “Instalación de sistemas de cámaras de seguridad y monitoreo electrónico, las mismas que podrán ser incorporadas para el día del evento o que podrán encontrarse instaladas de manera permanente, debiendo estar habilitadas y en funcionamiento, obligatoriamente, una hora antes de la recepción social y hasta una hora después de su finalización”.
La instalación de cámaras de seguridad en los referidos establecimientos es para precautelar el bienestar de la gente, independientemente de su participación o no en esos eventos.
La Ley Nº 264 del Sistema Nacional de Seguridad Ciudadana “Para una vida Segura” de 2012, en su artículo 50, establece que los centros de esparcimiento público y privado con acceso masivo de personas, deberán instalar en sus dependencias sistemas de cámaras de seguridad y monitoreo electrónico para garantizar la seguridad de las personas, tal es el caso de los garajes, terrenos, galpones y otros.
Además, se incorporó el numeral IV del artículo 33 estableciéndose que la solicitud de autorización deberá ser presentada por el representante de la fraternidad folclórica organizadora y el propietario o administrador del inmueble donde se pretenda realizar la actividad.
La Ley Municipal 263 de Control y Expendio de Bebidas Alcohólicas y su modificatoria Ley 274 remplazará a la Ley 049. La nueva disposición será promulgada en próximos días por el Alcalde Luis Revilla.
Fuente: GAMLP-AMN
- 1735 lecturas