Presidenta de Senadores dice que Magistrado Cusi tiene que rendir informe oral

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Asamblea Legislativa Plurinacional
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La presidenta de la Cámara de Senadores, Gabriela Montaño, señaló el lunes que la Asamblea Legislativa Plurinacional (ALP) tiene todas las atribuciones para convocar a las máximas autoridades del Órgano Judicial para que brinden un informe oral, como el caso del magistrado del Tribunal Constitucional, Gualberto Cusi.

"Una autoridad, cualquiera que sea convocada a prestar información debe hacerlo por un principio de transparencia, quien nada hace, nada teme, no tiene por qué evitar información a los representantes del pueblo. Si considera él (Gualberto Cusi) que no hay que responder por limitante legal o constitucional, pues lo dirá ahí, con los asambleístas", argumentó Montaño, según cita ABI.

La titular de la Cámara Alta afirmó que el reglamento de la Cámara de Senadores está dirigido, no sólo a las máximas autoridades ejecutivas de los diferentes ministerios y entidades del Órgano Ejecutivo, sino también a las del Órgano Judicial.

"Lo señala nuestro reglamento y lo señala la Constitución Política del Estado y las leyes. Cualquier autoridad del Órgano Legislativo y del Órgano Judicial de las entidades territoriales autónomas, sí es solicitado por la Asamblea Legislativa por sus cámaras, pos sus comisiones debe prestar el informe respectivo", sustentó.

Montaño aclaró que las autoridades del Órgano Judicial están exentas de esas disposiciones de carácter legal, cuando alguna magistrada o magistrado tiene dificultad de verter opinión alguna respecto a algún fallo judicial.

"A mí no me parece adecuado que un tribuno electo por el pueblo le niegue a los representantes del pueblo que estamos en la Asamblea Legislativa Plurinacional en las cámaras en Diputados y Senadores, la posibilidad de prestar información", complementó.

Cusi ratificó el pasado viernes que no asistirá a presentar un informe oral a la Comisión de Justicia Plural de la Cámara de Diputados, porque no le corresponde acudir a esa convocatoria, con el argumento de que ninguna norma prevé el control de esa instancia sobre los magistrados del Órgano Judicial.

Sucre, 12 noviembre 2012

 

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