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La Asamblea Legislativa Plurinacional aprobó hoy el Reglamento para la Designación de Vocales del Tribunal Supremo Electoral (TSE), que rebaja dos requisitos para los postulantes en relación a la convocatoria realizada en 2010.
“(El Reglamento) refuerza, modifica el reconocimiento a la idoneidad, a los elementos de la capacidad de las personas de tal manera que los errores que hemos registrado en la anterior selección queden superados y se dé paso a la elección de miembros del TSE basada en el mérito, la capacidad y el conocimiento de la materia”, dijo el vicepresidente, Álvaro García Linera.
La convocatoria saldrá el domingo en medios de comunicación impresos. Después, hay un plazo de 10 días para que los postulantes presenten sus documentos ante la Comisión de Constitución de la Cámara de Senadores.
Para la selección de 2010 hubo 19 requisitos y para el presente proceso sólo hay 17.
El primer requisito que se quitó es: “no ocupar o no haber ocupado cargos electivos directivos en empresas o corporaciones que tengan contratos o convenios con el Estado”, aunque sí se prohíbe que ejecutivos de transnacionales, que no hayan renunciado en los últimos cinco años, se postulen.
El segundo requisito eliminado es: “no ser ministro de un culto religioso”.
Asimismo, hubo cambios en la redacción de otros requisitos.
Lista de requisitos
Requisitos, Causales de Inelegibilidad e Incompatibilidad |
Fuente de verificación
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1. Haber cumplido 30 años al momento de su postulación. |
Certificado de nacimiento original. |
2. Contar con nacionalidad boliviana. |
Fotocopia simple de la Cédula de Identidad. |
3. Haber cumplido con los deberes militares (solo varones). |
Libreta de servicio militar original o fotocopia legalizada o certificación emitida por autoridad competente. |
4. No tener pliego de cargo ejecutoriado ni sentencia condenatoria ejecutoriada, pendientes de cumplimiento, incluyendo aquellas relativas a las Leyes Nº 348 Integral para garantizar a las mujeres una vida libre de violencia y Nº 243 contra el acoso y violencia política hacia las mujeres. |
Certificado original de antecedentes penales del REJAP. Certificado original de Información de solvencia con el fisco de la Contraloría General del Estado. |
5. Estar inscrita o inscrito en el Padrón electoral. |
Certificación del Órgano Electoral Plurinacional o Certificado de sufragio de la última elección o Certificado de impedimento de sufragio de la última elección. |
6. Hablar al menos dos idiomas oficiales del país. |
Prueba oral del conocimiento del idioma o fotocopia simple del certificado de estudios emitido por una academia o instituto debidamente reconocido. |
7. Tener título profesional con una antigüedad no menor a los cinco (5) años. |
Original o fotocopia del Título profesional académico o en provisión nacional. Cuando se presente fotocopia, se acompañará declaración jurada de autenticidad de Título. |
8. No tener militancia en ninguna organización política en los últimos cinco (5) años. |
Certificación original de no militancia emitida por el Órgano Electoral Plurinacional y/o Declaración Jurada. |
9. No haber sido dirigentes o candidato de ninguna organización política en los cinco (5) años anteriores a la fecha de designación. |
Certificación original emitida por el Órgano Electoral Plurinacional o Declaración Jurada. |
10. No tener parentesco hasta el cuarto grado de consanguinidad y segundo de afinidad con ninguna funcionaria o funcionario del mismo tribunal, con el Presidente y Vicepresidente del Estado Plurinacional del Estado Plurinacional, Senadoras y Senadores, Diputadas y Diputados, Magistradas y Magistrados del Tribunal Supremo de Justicia, del Tribunal Constitucional Plurinacional, del Tribunal Agroambiental y miembros del Consejo de la Magistratura, ni Gobernadores o dirigentes nacionales de organizaciones políticas. |
Declaración jurada. |
11. Renunciar de manera expresa y pública a la membresía en cualquier logia. |
Declaración Jurada de renuncia o de no membresía. |
12. Renunciar de manera expresa y pública a la condición de dirigente o autoridad ejecutiva de cualquier asociación, cooperativa, institución u organización empresarial, social o cívica que por su naturaleza o intereses pueda influir en el libre ejercicio de sus funciones electorales. |
Declaración jurada de renuncia o que manifieste no ser dirigente o autoridad ejecutiva. |
13. No haber ocupado cargos directivos en empresas extranjeras trasnacionales que tengan contratos o convenios con el Estado, y no hayan renunciado al menos cinco años antes al día de la elección. |
Carta de renuncia Memorándum de cesación de servicios. |
14. No podrán postularse aquellos servidores públicos designados que ocupen cargos de Ministras o Ministros, Viceministras o Viceministros, Secretarias o Secretarios de Gobiernos Autónomos Departamentales y Oficiales Mayores de gobiernos autónomos municipales, o cargos equivalentes. |
Declaración Jurada que manifiesta no contar con el impedimento. |
15. No ser miembro de las Fuerzas Armadas o de la Policía Boliviana en servicio activo que no haya renunciado al menos tres meses antes del día de la elección. |
Declaración Jurada de renuncia o certificación de no pertenencia al servicio activo de las Fuerzas Armadas o a la Policía Boliviana. |
16. No haber convocado, organizado, dirigido, supervisado, administrado o ejecutado algún proceso electoral o referendo, de alcance nacional, departamental, regional o municipal que haya sido realizado al margen de la ley. |
Declaración Jurada. |
17. No haber impedido, obstaculizado, resistido o rehusado a administrar un proceso electoral o referendo de alcance nacional, departamental, regional o municipal, que haya sido convocado con apego a la ley. |
Declaración Jurada. |
El Reglamento aclara que el requisito de hablar dos idiomas nativas es exigible recién a partir del 2021.
García reveló que no había consenso entre oficialismo y oposición sobre el requisito 16 (de prohibir postular a quienes administraron referéndums ilegales), pero la mayoría se impuso y mantuvo esa limitante.
El Vicepresidente invitó a los ciudadanos, que consideren tener los méritos, capacidad e idoneidad, a que se presenten. Estimó que a principios de julio ya se tendrá a los vocales del TSE que ejercerán durante seis años.
“Nos hemos comprometido, como Asamblea, a elegir a las mejores mujeres y varones con la capacidad de devolverle la credibilidad al TSE”, agregó.
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