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El viceministro de Telecomunicaciones, Roy Méndez; y el Director Ejecutivo de la Autoridad de Regulación y Fiscalización de Telecomunicaciones y Transportes (ATT), Luis Felipe Guzmán, entregaron a representantes de las personas con discapacidad una copia de la Resolución Administrativa Regulatoria 2310/2014 que autoriza la aplicación de la Tarifa Solidaria en Telefonía Móvil Prepago de 80 centavos de boliviano por minuto, la misma que beneficiará a más de 37.000 personas de este sector.
Méndez destacó que la Tarifa Solidaria es “un acto de inclusión social” que permite a personas con discapacidad acceder a un área específica de las telecomunicaciones, gracias a la colaboración de las empresas operadoras del sector.
“Esta medida a partir de hoy se pone en vigencia, forma parte de la inclusión social de las personas con discapacidad (…) y les permitirá tener acceso a las telecomunicaciones a una tarifa de 80 centavos (por minuto)”, dijo.
Guzmán agregó que la democratización y uso de los servicios básicos es uno de los pilares en la lucha contra la pobreza, a través de la eliminación de barreras de exclusión, “especialmente para aquellos grupos que han sido tradicionalmente excluidos: niños, jóvenes, mujeres, indígenas, adultos mayores y personas con discapacidad”.
¿Cómo se aplica la Tarifa Solidaria?
La Tarifa Solidaria en Telefonía Móvil Prepago para Personas con Discapacidad se aplica cuando el beneficiario hace una o varias recargas desde Bs1 hasta un máximo de Bs50 por mes. Si pasa el límite de este monto, de manera automática se le transfiere a la tarifa prepago básica.
La RAR 2310/2014 autoriza la aplicación de la Tarifa Solidaria en Telefonía Móvil a partir del 15 de enero de 2015, para dar tiempo a las operadoras del sector a que puedan aplicar esta medida según lo establecido.
Pasos para acceder al beneficio
Para beneficiarse de la Tarifa Solidaria en el Servicio Móvil, las personas con discapacidad deben registrarse en uno de los tres operadores de su preferencia con su Cédula de Identidad y Carnet de Discapacidad.
En caso excepcional, cuando corresponda puede apersonarse el tutor de la persona con discapacidad, con toda la documentación necesaria, Cédula de Identidad de ambos y Carnet de Discapacidad vigentes, para realizar el registro y acceder al beneficio.
Para mantener la vigencia del beneficio, la persona con discapacidad deberá revalidar su suscripción cada seis meses en el operador que corresponda, ya sea en forma presencial o no presencial, de acuerdo con las facilidades implementadas por su operador. (Nota de prensa)
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