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El Ministerio de Minería y Metalurgia emitió una resolución que determina el pago de aranceles, por la exportación de piedras preciosas, joyas, manufacturas de perlas finas y otros productos.
A través de una resolución, el Servicio Nacional de Registro y Control de Comercialización de Minerales y Metales (Senarecom) asumió el control del pago por la salida de estos minerales.
En las partidas arancelarias adicionales se encuentran diamantes, artículos de joyería, orfebrería y monedas.
Un informe técnico del Senarecom indica que las empresas manufactureras o industrializadoras deben pagar aranceles, a partir de varias normativas vigentes.
“El informe legal 1440-dj-379/2013 de 21 de noviembre de 2013 concluye que el Ministerio de Minería y Metalurgia como cabeza de sector en materia minera, tiene la potestad de aprobar mediante resolución ministerial, el listado de partidas arancelarias que correspondan a minerales y metales, que requieran el control del formulario M-03 en cada exportación, así como ampliar el alcance de la resolución N* 123/2012, con las partidas arancelarias propuestas por el Senarecom, con la finalidad de regular el control de las exportaciones y evitar la informalidad, recomendando su aprobación”, dice la fundamentación de la resolución ministerial.
Productos que deben pagar aranceles:
-Diamantes, se incluye los que estén trabajados, sin montar ni engarzar
-Artículos de joyería y sus partes, de metal precioso o de chapado de metal precioso (plaqué)
-Artículos de orfebrería y sus partes, de metal precioso o de chapado de metal precioso
-Manufacturas de metal precioso o de chapado de metal precioso
-Manufacturas de perlas finas, naturales o cultivadas, de piedras preciosas o semipreciosas, sintéticas o reconstituidas
-Bisutería
-Monedas
-Berilio, cromo, germanio, vanadio, galio, hafnio (celtio), indio, niobio (colombio), renio y talio
-Manufacturas de metales, incluidos desperdicios y desechos
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