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El Ministro de Trabajo, Héctor Hinojosa, aclaró este martes que las empresas privadas que pretendan tener plazo hasta marzo para cumplir con el pago del segundo aguinaldo, deben solicitar esa extensión de manera fundamentada para recibir la autorización respectiva.
“No es al libre albedrio, no es una disposición general, sino que es el 31 de diciembre el plazo, y las que no puedan, tienen que solicitar de forma fundamentada (la ampliación) ante el Ministerio de Trabajo”, explicó la autoridad.
Hinojosa explicó que el Ministerio de Trabajo decidirá si autoriza o no la ampliación del plazo, de acuerdo a lo que haya fundamentado las empresas.
“Evidentemente hay empresas que sí pueden pagar hasta el 31 de diciembre, que tienen una situación totalmente normal, pueden haber otras que excepcionalmente puedan tener alguna dificultad, y de manera fundamentada deben señalar que no lo pueden hacer en la fecha correspondiente y justificar”, agregó, según nota de prensa del Ministerio de Trabajo.
La Resolución Ministerial No.1373/18, que reglamenta el pago del segundo aguinaldo, señala que para acceder a la ampliación de plazo, los empleadores deberán presentar ante el Ministerio de Trabajo, hasta el viernes 28 de diciembre de 2018, una solicitud justificando el motivo por el cual solicitan la ampliación.
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