ONU pide a Bolivia dar mayor protección a migrantes
En su informe denominado “Observaciones finales sobre el segundo informe periódico del Estado Plurinacional de Bolivia, aprobadas en su 18º período de sesiones”, el Comité de Protección de los Derechos de los Trabajadores Migratorios de la ONU, observó que nuestro Estado no se ha adherido a los Convenios N° 97 de la OIT relativo a los trabajadores migrantes, ni al Convenio Nº 143 sobre las migraciones en condiciones abusivas y la promoción de la igualdad de oportunidades y de trato de los trabajadores migrantes, pese a que estos convenios fueron suscritos en de 1949 y 1975, respectivamente.
También demandó a Bolivia, adherirse a los Convenios sobre el trabajo decente para las trabajadoras y los trabajadores domésticos y sobre “Libertad Sindical y la Protección del Derecho de Sindicalización”.
El Convenio Nº 97 de la OIT relativo a los trabajadores migrantes, entre otros aspectos obliga a los Estados a contar con un servicio gratuito encargado de prestar ayuda a los trabajadores migrantes, tomar medidas en contra de la propaganda sobre la emigración y la inmigración, mantener servicios médicos para la salud de los trabajadores migrantes y medidas de seguridad social entre otras. Por su parte el Convenio Nº 143 se refiere a la disminución de condiciones abusivas y la promoción de la igualdad de oportunidades y de trato de los trabajadores migrantes
El Comité advirtió que “sigue preocupando al Comité que aún persista discriminación hacia ciertos grupos de trabajadores migratorios, en especial en zonas fronterizas, y de refugiados por parte de las fuerzas del orden en el Estado parte”. Aunque relieva la vigencia de la Ley contra el Racismo y toda forma de Discriminación, lamenta que ésta no aborde a los trabajadores migratorios y sus familiares como un grupo vulnerable a la discriminación, por lo que “reitera su recomendación al Estado (boliviano) de que vele porque todos los trabajadores migratorios y sus familiares en su territorio o sujetos a su jurisdicción gocen de los derechos consagrados en la Convención sin ningún tipo de discriminación, y lo alienta a tomar medidas inmediatas y efectivas para el combate contra prejuicios y contra la estigmatización social”.
El documento que se encuentra publicado en el sitio web de la institución, fue elaborado en base a los informes escritos que presentaron varias instituciones nacionales y la visita de una representación boliviana a la sede del organismo aunque en este caso lamentó “que la delegación no incluyera expertos en las cuestiones cubiertas por la Convención y que la mayoría de las respuestas no fueran precisas, claras y suficientes”.
Más adelante advierte sobre la necesidad de brindar información oportuna a los migrantes respecto a sus derechos y a demanda que nuestro Estado garantice que los trabajadores migratorios y sus familiares, incluidos los que están en situación migratoria irregular, tengan las mismas oportunidades que los nacionales para presentar denuncias y obtener reparaciones efectivas ante los tribunales en caso de que se hayan vulnerado los derechos que les confiere la Convención.
Más recursos para la Defensoría del Pueblo
En una de sus recomendaciones, el Comité observó que la Defensoría del Pueblo de Bolivia “carezca de un financiamiento público suficiente, ya que una parte considerable de su presupuesto viene de fuentes externas”. En este sentido insta al Estado Boliviano a “asignar a la institución defensora de los derechos humanos los recursos humanos y financieros necesarios para que realice todas las actividades relativas a los derechos de los trabajadores migratorios y de sus familiares previstas en su mandato”.
Pese a que el artículo 218 de la Constitución Política del Estado, señala que “Corresponderá asimismo a la Defensoría del Pueblo la promoción de la defensa de los derechos de las naciones y pueblos indígena originario campesinos, de las comunidades urbanas e interculturales, y de las bolivianas y los bolivianos en el exterior”, la Defensoría fue excluida del texto de la Ley de Migración, promulgada recientemente, además que, como señala el documento, los recursos para el funcionamiento de sus programas y proyectos provienen de la ayuda internacional.